Para la Superintendencia de Transporte
Novedades
El pasado 6 de marzo de este año, la Superintendencia de Transporte emitió la resolución No. 2328, donde da inicio al Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo – SARLAFT aplicable al sector de transporte y en atención a las empresas y vigilados por este sector.
Cambios
Con la nueva resolución se modificó el Capítulo 6 del Título V de la Circular Única de Infraestructura y Transporte.
Empresas obligadas
¿A QUIÉN CORRESPONDE? A los sujetos de vigilancia, inspección y control que ejerce la Superintendencia.
Plazos de implementación
Las empresas que se conviertan en sujetos obligados, o adquieran dicha calidad, tendrán 8 meses para implementar el sistema, después de notificar el otorgamiento de requisitos.
Sanciones
Quien incumpla con las directrices de esta resolución frente a la implementación del SARLAFT, recibirá las sanciones administradas por la Superintendencia de Transporte, contenidas en el artículo 46 de la Ley 336 de 1996, y demás normas pertinentes.
Recuerda que
En SERVIALAFT S.A.S. somos especialistas en el desarrollo, aplicación y gestión los riesgos de lavado de activos, financiación del terrorismo, corrupción y soborno transnacional, que le permiten cumplir con el marco normativo y proteger su empresa.
Como por ejemplo
Transporte público, de carga, de pasajeros, transporte especial, mixto, centros de atención a conductores, centros de enseñanza automovilística, diagnóstico automotor, entre otras.